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dc.contributor.authorLázaro Flores, Emiliospa
dc.date.issued1970spa
dc.identifier.issn0034-8082spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11162/71506
dc.description.abstractPartiendo de que existe un crónico déficit de escuelas ¿Quién las construye en España? Puede afirmarse que la escuela pública o nacional nace en nuestro país con las Cortes de Cádiz, y vinculada al municipio como una institución local, por lo tanto. Es obligatoria una escuela de primeras letras en cuantos pueblos puedan sostenerla, debiendo, cuando no pudieran, agruparse y acudiendo en última instancia a la ayuda de la Diputación. Así, con su desvinculación inicial del estado y su correlativo prohijamiento municipal, el destino de la escuela va a ser, ante todo desigual, al quedar ligado al destino de cada municipio, no identificable con las posibilidades del mismo, ya que en muchos casos, los ayuntamientos gestores, representantes de en cada caso de la comunidad local, no sabrán o querrán hacer causa común con dichas posibilidades. 1920 marca el fin del monopolio municipal y de la paralela abstención estatal en la construcción de escuelas. El primer plan de construcción se debe al quinquenio republicano. La República propuso la construcción de 27.000 escuelas, pero realizó, dadas las dificultades, bastantes 15.000. Con el nuevo régimen (1939-1951) no se construyen no sólo por falta de medios sino también por razones doctrinales o ideológicas. La primera y única norma sobre construcciones con rango de ley es de 1953, vigente hasta hoy. El rasgo más acusado es su carácter descentralizador, pero no totalmente. En 1965 se habilitan 25 millones de pesetas para construcciones escolares. Este respaldo económico fue el que faltó a la ley del 53 que llegó con esta ley y la creación de la Junta Central de Construcciones Escolares. Tras la ley del 56, los planes se sucederán y empalman con el primer Plan de desarrollo (1964-67) y a partir de este, los planes se sucederán sin solución de continuidad, hasta hoy, enmarcados nominalmente en los planes de desarrollo y confiada su ejecución al mismo organismo autónomo: la Junta de Construcciones. La situación actual arranca de 1974, cuyos propósitos son: erradicar definitivamente el crónico déficit de construcciones escolares, amplia descentralización y por primera vez en el curso 1974-75 toda la demanda de puestos escolares ha podido ser atendida y si el problema de puestos suficientes está saldado, subsiste el de que muchos puestos no son idóneos y no aseguran una correcta impartición de la enseñanza primaria.spa
dc.format.mediumRevistaspa
dc.format.mediumDigitalspa
dc.language.isospaspa
dc.relation.ispartofRevista de educación. 1975, n. 240 ; p. 114-126spa
dc.rightsCuando no se especifique otra condición, los documentos incorporados a Redined a texto completo, se hallan bajo las condiciones de uso de sólo lectura y únicamente podrán ser citados con reconocimiento del autor(es). Para cualquier otro uso, deberá solicitarse el permiso del autor (es)spa
dc.subjectedificio escolarspa
dc.subjecthistoria de la educaciónspa
dc.subjectarquitectura escolarspa
dc.subjectprograma de construcciónspa
dc.subjectEspañaspa
dc.subject.otherLey 14/1970 General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (LGE)spa
dc.titleHistoria de las contrucciones escolares en Españaspa
dc.typeArtículo de revistaspa
dc.audienceUsuarios en generalspa
dc.bbddAnalíticasspa
dc.date.provenance2007-08-09T09:25:00spa
dc.description.locationBiblioteca de Educación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; Calle San Agustín, 5 - 3 Planta; 28014 Madrid; Tel. +34917748000; biblioteca@mecd.esspa
dc.description.paisESPspa
dc.educationLevelÁmbito generalspa
dc.identifier.dlM-57-1958spa
dc.identifier.signaturaEC R-638spa
dc.title.journalRevista de educaciónspa


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